Resumen del Artículo 100

Artículo 100 del Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) — Presupuesto base de licitación. 1. A los efectos de esta Ley, por presupuesto base de licitación se entenderá el límite máximo de gasto que en virtud del contrato puede comprometer el órgano de contratación, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, salvo disposición en…

LCSPVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 100

1. A los efectos de esta Ley, por presupuesto base de licitación se entenderá el límite máximo de gasto que en virtud del contrato puede comprometer el órgano de contratación, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, salvo disposición en contrario.

2. En el momento de elaborarlo, los órganos de contratación cuidarán de que el presupuesto base de licitación sea adecuado a los precios del mercado. A tal efecto, el presupuesto base de licitación se desglosará indicando en el pliego de cláusulas administrativas particulares o documento regulador de la licitación los costes directos e indirectos y otros eventuales gastos calculados para su determinación. En los contratos en que el coste de los salarios de las personas empleadas para su ejecución formen parte del precio total del contrato, el presupuesto base de licitación indicará de forma desglosada y con desagregación de género y categoría profesional los costes salariales estimados a partir del convenio laboral de referencia.

3. Con carácter previo a la tramitación de un acuerdo marco o de un sistema dinámico de adquisición no será necesario que se apruebe un presupuesto base de licitación.

Norma publicada: 8 de noviembre de 2017

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 100

¿Qué dice el Artículo 100 del LCSP?

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¿El Artículo 100 del LCSP está vigente?

El artículo 100 del LCSP está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 100 dentro del LCSP?

Se encuentra en la estructura: LIBRO PRIMERO › CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 100?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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