Resumen del Artículo 371

Artículo 371 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC) — Prórroga de la junta.

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 371

¿Qué dice el Artículo 371 del TRLC?

Prórroga de la junta.

¿El Artículo 371 del TRLC está vigente?

El artículo 371 del TRLC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 371 dentro del TRLC?

Se encuentra en la estructura: LIBRO PRIMERO › CAPÍTULO IV › Subsección 1.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 371?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.