Resumen del Artículo 337

Artículo 337 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC) — Presentación de la propuesta de convenio por el concursado. El concursado podrá presentar propuesta de convenio, acompañada o no de las adhesiones que considere conveniente, junto con la solicitud de declaración de concurso o en cualquier momento posterior siempre que no hayan…

TRLCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 337

El concursado podrá presentar propuesta de convenio, acompañada o no de las adhesiones que considere conveniente, junto con la solicitud de declaración de concurso o en cualquier momento posterior siempre que no hayan transcurrido quince días a contar desde la presentación del informe de la administración concursal.

Norma publicada: 5 de mayo de 2020

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 337

¿Qué dice el Artículo 337 del TRLC?

Presentación de la propuesta de convenio por el concursado. El concursado podrá presentar propuesta de convenio, acompañada o no de las adhesiones que considere conveniente, junto con la solicitud de…

¿El Artículo 337 del TRLC está vigente?

El artículo 337 del TRLC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 337 dentro del TRLC?

Se encuentra en la estructura: LIBRO PRIMERO › CAPÍTULO II › Subsección 2.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 337?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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