Resumen del Artículo 269

Artículo 269 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC) — Clases de créditos. 1. Los créditos concursales se clasificarán, a efectos del concurso, en privilegiados, ordinarios y subordinados. 2. Los créditos privilegiados se clasificarán, a su vez, en créditos con privilegio especial, si afectan a determinados bienes o derechos de la…

TRLCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 269

1. Los créditos concursales se clasificarán, a efectos del concurso, en privilegiados, ordinarios y subordinados.

2. Los créditos privilegiados se clasificarán, a su vez, en créditos con privilegio especial, si afectan a determinados bienes o derechos de la masa activa, y créditos con privilegio general, si afectan a la totalidad de esa masa. En el concurso no se admitirá ningún privilegio o preferencia que no esté reconocido en la ley.

3. Se clasificarán como créditos ordinarios aquellos que en esta ley no tengan la consideración de créditos privilegiados o subordinados.

Norma publicada: 5 de mayo de 2020

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo 269

¿Qué dice el Artículo 269 del TRLC?

Clases de créditos. 1. Los créditos concursales se clasificarán, a efectos del concurso, en privilegiados, ordinarios y subordinados. 2. Los créditos privilegiados se clasificarán, a su vez, en…

¿El Artículo 269 del TRLC está vigente?

El artículo 269 del TRLC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 269 dentro del TRLC?

Se encuentra en la estructura: LIBRO PRIMERO › CAPÍTULO III › Sección 1.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 269?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.