Resumen del Artículo 253

Artículo 253 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC) — Comunicación a organismos públicos. 1. La administración concursal comunicará sin demora la declaración de concurso a la Agencia Estatal de Administración Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social, conste o no su condición de acreedoras. 2. La comunicación se…

TRLCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 253

1. La administración concursal comunicará sin demora la declaración de concurso a la Agencia Estatal de Administración Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social, conste o no su condición de acreedoras.

2. La comunicación se efectuará a través de los correspondientes medios que estén habilitados en las respectivas sedes electrónicas de estos organismos.

Norma publicada: 5 de mayo de 2020

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 253

¿Qué dice el Artículo 253 del TRLC?

Comunicación a organismos públicos. 1. La administración concursal comunicará sin demora la declaración de concurso a la Agencia Estatal de Administración Tributaria y a la Tesorería General de la…

¿El Artículo 253 del TRLC está vigente?

El artículo 253 del TRLC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 253 dentro del TRLC?

Se encuentra en la estructura: LIBRO PRIMERO › CAPÍTULO II › Sección 1.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 253?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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