Artículo 243
La subrogación del Fondo de Garantía de Salarios en la titularidad de cualesquiera créditos contra la masa o concursales no afectará al carácter y a la clasificación de esos créditos.
Norma publicada: 5 de mayo de 2020
Resumen del Artículo 243
Artículo 243 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC) — Fondo de Garantía Salarial. La subrogación del Fondo de Garantía de Salarios en la titularidad de cualesquiera créditos contra la masa o concursales no afectará al carácter y a la clasificación de esos créditos.
La subrogación del Fondo de Garantía de Salarios en la titularidad de cualesquiera créditos contra la masa o concursales no afectará al carácter y a la clasificación de esos créditos.
Norma publicada: 5 de mayo de 2020
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Fondo de Garantía Salarial. La subrogación del Fondo de Garantía de Salarios en la titularidad de cualesquiera créditos contra la masa o concursales no afectará al carácter y a la clasificación de…
El artículo 243 del TRLC está vigente.
Se encuentra en la estructura: LIBRO PRIMERO › CAPÍTULO VI › Sección 1.
El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.
Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.