Resumen del Artículo 216

Artículo 216 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC) — Autorización judicial para la enajenación directa o a través de persona o entidad especializada. En cualquier estado del concurso, o cuando la subasta quede desierta, el juez, mediante auto, podrá autorizar la enajenación directa del conjunto de la empresa o de una o varias…

TRLCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 216

En cualquier estado del concurso, o cuando la subasta quede desierta, el juez, mediante auto, podrá autorizar la enajenación directa del conjunto de la empresa o de una o varias unidades productivas o la enajenación a través de persona o de entidad especializada.

Norma publicada: 5 de mayo de 2020

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 216

¿Qué dice el Artículo 216 del TRLC?

Autorización judicial para la enajenación directa o a través de persona o entidad especializada. En cualquier estado del concurso, o cuando la subasta quede desierta, el juez, mediante auto, podrá…

¿El Artículo 216 del TRLC está vigente?

El artículo 216 del TRLC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 216 dentro del TRLC?

Se encuentra en la estructura: LIBRO PRIMERO › CAPÍTULO III › Subsección 3.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 216?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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