Artículo 180
Cumplidos los trámites ordenados en los artículos anteriores, el juez, en un plazo máximo de cinco días, resolverá mediante auto, sobre las medidas propuestas.
Norma publicada: 5 de mayo de 2020
Resumen del Artículo 180
Artículo 180 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC) — Plazo de emisión de la resolución. Cumplidos los trámites ordenados en los artículos anteriores, el juez, en un plazo máximo de cinco días, resolverá mediante auto, sobre las medidas propuestas.
Cumplidos los trámites ordenados en los artículos anteriores, el juez, en un plazo máximo de cinco días, resolverá mediante auto, sobre las medidas propuestas.
Norma publicada: 5 de mayo de 2020
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Plazo de emisión de la resolución. Cumplidos los trámites ordenados en los artículos anteriores, el juez, en un plazo máximo de cinco días, resolverá mediante auto, sobre las medidas propuestas.
El artículo 180 del TRLC está vigente.
Se encuentra en la estructura: LIBRO PRIMERO › CAPÍTULO IV › Subsección 1.
El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.
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