Resumen del Artículo Disposición derogatoria primera

Artículo Disposición derogatoria primera del Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud (LCCSNS) — Disposición derogatoria primera. Quedan derogados los artículos 43 y 47 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, así como cuantas otras normas de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta ley.

LCCSNSVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición derogatoria primeraDisposición derogatoria primera

Disposición derogatoria primera.

Quedan derogados los artículos 43 y 47 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, así como cuantas otras normas de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta ley.

Norma publicada: 28 de mayo de 2003

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición derogatoria primera

¿Qué dice el Artículo Disposición derogatoria primera del LCCSNS?

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¿El Artículo Disposición derogatoria primera del LCCSNS está vigente?

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¿Dónde se ubica el Artículo Disposición derogatoria primera dentro del LCCSNS?

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición derogatoria primera?

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