Resumen del Artículo 75

Artículo 75 del Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud (LCCSNS) — Adscripción de organismos y estructuras de apoyo y cooperación al Consejo. En el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud podrán formularse las propuestas de actuación de la Agencia de Calidad, el Observatorio y el Instituto de Información Sanitaria, con…

LCCSNSVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 75

En el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud podrán formularse las propuestas de actuación de la Agencia de Calidad, el Observatorio y el Instituto de Información Sanitaria, con el objeto de definir estrategias y objetivos para el conjunto del Sistema Nacional de Salud.

Norma publicada: 28 de mayo de 2003

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 75

¿Qué dice el Artículo 75 del LCCSNS?

Adscripción de organismos y estructuras de apoyo y cooperación al Consejo. En el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud podrán formularse las propuestas de actuación de la…

¿El Artículo 75 del LCCSNS está vigente?

El artículo 75 del LCCSNS está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 75 dentro del LCCSNS?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO X.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 75?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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