Artículo 1
La presente Ley tiene por objeto la ordenación urbanística del suelo en la Comunidad de Madrid.
Norma publicada: 17 de julio de 2001
Resumen del Artículo 1
Artículo 1 del Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid. (codigo) — Objeto de la Ley. La presente Ley tiene por objeto la ordenación urbanística del suelo en la Comunidad de Madrid.
La presente Ley tiene por objeto la ordenación urbanística del suelo en la Comunidad de Madrid.
Norma publicada: 17 de julio de 2001
Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.
Objeto de la Ley. La presente Ley tiene por objeto la ordenación urbanística del suelo en la Comunidad de Madrid.
El artículo 1 del codigo está vigente.
Forma parte del articulado del Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid..
El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.
Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.