Resumen del Artículo 1

Artículo 1 del Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid. (codigo) — Objeto de la Ley. La presente Ley tiene por objeto la ordenación urbanística del suelo en la Comunidad de Madrid.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 1

La presente Ley tiene por objeto la ordenación urbanística del suelo en la Comunidad de Madrid.

Norma publicada: 17 de julio de 2001

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 1

¿Qué dice el Artículo 1 del codigo?

Objeto de la Ley. La presente Ley tiene por objeto la ordenación urbanística del suelo en la Comunidad de Madrid.

¿El Artículo 1 del codigo está vigente?

El artículo 1 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 1 dentro del codigo?

Forma parte del articulado del Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid..

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 1?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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