Artículo Disposición transitoria novenaDisposición transitoria novena
Disposición transitoria novena. Garantía del derecho a la vivienda.
Lo previsto en la disposición adicional sexta de la presente ley será de aplicación en relación con los titulares de viviendas construidas al amparo de un título anulado con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley.
Norma publicada: 29 de junio de 2012