Resumen del Artículo Disposición final segunda

Artículo Disposición final segunda del Ley 8/2012, de 29 de junio, de vivienda de Galicia. (codigo) — Disposición final segunda. Entrada en vigor. La presente ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «. Santiago de Compostela, 29 de junio de 2012.–El Presidente, Alberto Núñez Feijóo.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición final segundaDisposición final segunda

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «.

Santiago de Compostela, 29 de junio de 2012.–El Presidente, Alberto Núñez Feijóo.

Norma publicada: 29 de junio de 2012

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición final segunda

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