Resumen del Artículo 78

Artículo 78 del Ley 8/2010, de 30 de agosto, de ordenación del sistema de salud de Castilla y León. (codigo) — Procedimiento. El procedimiento sancionador será el establecido en el título IX de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común y en el Decreto 189/1994, de 25 de agosto, por el que se aprueba el…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 78

El procedimiento sancionador será el establecido en el título IX de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común y en el Decreto 189/1994, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Regulador del Procedimiento Sancionador de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Norma publicada: 30 de agosto de 2010

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 78

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 78?

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