Artículo 30
1. La Gerencia Regional de Salud se estructura en los órganos centrales y periféricos establecidos en esta Ley y en las disposiciones reglamentarias que la desarrollen.
2. Son órganos de la Gerencia Regional de Salud:
a) El Presidente.
b) El Director Gerente.
c) El Director económico, presupuestario y financiero.
d) Las Direcciones Generales y demás órganos, servicios y unidades centrales y periféricas que se establezcan.
e) De participación: La Comisión Permanente del Consejo Castellano y Leonés de Salud.
Norma publicada: 30 de agosto de 2010