Resumen del Artículo 23

Artículo 23 del Ley 8/2000, de 30 de noviembre, de Ordenación Sanitaria de Castilla-La Mancha. (codigo) — Creación. Con el fin de articular la participación ciudadana en materia de salud en el ámbito de la Comunidad Autónoma, se crea el Consejo de Salud de Castilla-La Mancha.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 23

Con el fin de articular la participación ciudadana en materia de salud en el ámbito de la Comunidad Autónoma, se crea el Consejo de Salud de Castilla-La Mancha.

Norma publicada: 30 de noviembre de 2000

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 23

¿Qué dice el Artículo 23 del codigo?

Creación. Con el fin de articular la participación ciudadana en materia de salud en el ámbito de la Comunidad Autónoma, se crea el Consejo de Salud de Castilla-La Mancha.

¿El Artículo 23 del codigo está vigente?

El artículo 23 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 23 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 23?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.