Artículo 74
Son de aplicación las reglas y principios sancionadores contenidos en la legislación general sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común y, en particular, de aplicación directa el procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora que regula el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, con las especialidades previstas en la presente Ley.
Norma publicada: 26 de mayo de 1999