Resumen del Artículo Disposición transitoria quinta

Artículo Disposición transitoria quinta del Ley 7/2012, de 4 de octubre, de medidas extraordinarias en el sector público de la Comunidad Autónoma de Aragón para garantizar la estabilidad presupuestaria. (codigo) — Disposición transitoria quinta. Entrada en vigor. La presente Ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

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Disposición transitoria quinta. Entrada en vigor.

La presente Ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

Norma publicada: 4 de octubre de 2012

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición transitoria quinta

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