Artículo 7
El personal eventual no percibirá las cantidades correspondientes a la paga extraordinaria del mes de diciembre que se establecen en el artículo 18.4 de la Ley 1/2012, de 20 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Aragón para 2012. La aplicación directa de esta medida se realizará en la nómina del mes de diciembre de 2012.
Norma publicada: 4 de octubre de 2012