Resumen del Artículo Disposición adicional octava

Artículo Disposición adicional octava del Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha. (codigo) — Disposición adicional octava. Funciones de la Inspección Médica en Educación. El Consejo de Gobierno regulará las funciones de la Inspección Médica en Educación.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición adicional octavaDisposición adicional octava

Disposición adicional octava. Funciones de la Inspección Médica en Educación.

El Consejo de Gobierno regulará las funciones de la Inspección Médica en Educación.

Norma publicada: 20 de julio de 2010

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional octava

¿Qué dice el Artículo Disposición adicional octava del codigo?

Disposición adicional octava. Funciones de la Inspección Médica en Educación. El Consejo de Gobierno regulará las funciones de la Inspección Médica en Educación.

¿El Artículo Disposición adicional octava del codigo está vigente?

El artículo Disposición adicional octava del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición adicional octava dentro del codigo?

Forma parte del articulado del Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha..

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición adicional octava?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.