Resumen del Artículo 65

Artículo 65 del Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha. (codigo) — Orientación educativa y profesional. En esta etapa educativa se reforzará la orientación educativa y profesional con el fin de favorecer el proceso de toma de decisiones en la futura incorporación a estudios posteriores y a la vida laboral.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 65

En esta etapa educativa se reforzará la orientación educativa y profesional con el fin de favorecer el proceso de toma de decisiones en la futura incorporación a estudios posteriores y a la vida laboral.

Norma publicada: 20 de julio de 2010

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 65

¿Qué dice el Artículo 65 del codigo?

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¿El Artículo 65 del codigo está vigente?

El artículo 65 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 65 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO IV.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 65?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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