Artículo 144
La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha prestará una atención prioritaria al conjunto de factores que favorecen la calidad de la enseñanza y, en particular, a los recogidos en el artículo 2.2 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Norma publicada: 20 de julio de 2010