Artículo Disposición adicional novenaDisposición adicional novena
Disposición adicional novena. Subdirectores del Servicio Cántabro de Salud.
Los Subdirectores del Servicio Cántabro de Salud serán nombrados por el Gobierno de Cantabria a propuesta del Consejero competente en materia de sanidad.
Norma publicada: 10 de diciembre de 2002