Resumen del Artículo 78

Artículo 78 del Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias. (codigo) — Tipología de sanciones. Por la comisión de infracciones a la disciplina turística podrán imponerse las siguientes sanciones: 1. Apercibimiento. 2. Multa. 3. Suspensión temporal de actividades o del ejercicio profesional. 4. Revocación de la autorización turística. 5. Clausura…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 78

Por la comisión de infracciones a la disciplina turística podrán imponerse las siguientes sanciones:

1. Apercibimiento.

2. Multa.

3. Suspensión temporal de actividades o del ejercicio profesional.

4. Revocación de la autorización turística.

5. Clausura definitiva del establecimiento.

Norma publicada: 6 de abril de 1995

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 78

¿Qué dice el Artículo 78 del codigo?

Tipología de sanciones. Por la comisión de infracciones a la disciplina turística podrán imponerse las siguientes sanciones: 1. Apercibimiento. 2. Multa. 3. Suspensión temporal de actividades o del…

¿El Artículo 78 del codigo está vigente?

El artículo 78 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 78 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO III.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 78?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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