Resumen del Artículo Disposición final segunda

Artículo Disposición final segunda del Ley 6/2015, de 24 de marzo, de la Vivienda de la Región de Murcia. (codigo) — Disposición final segunda. Entrada en vigor. La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en «Boletín Oficial de la Región de Murcia».

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

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Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en «Boletín Oficial de la Región de Murcia».

Norma publicada: 24 de marzo de 2015

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición final segunda

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición final segunda?

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