Resumen del Artículo 18

Artículo 18 del Ley 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educación no Universitaria. (codigo) — El Servicio de Inspección Educativa. 1. La administración educativa ejerce la inspección sobre todos los centros docentes públicos, concertados y privados, servicios educativos, programas y actividades del sistema educativo de Canarias, a excepción del universitario, mediante…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 18

1. La administración educativa ejerce la inspección sobre todos los centros docentes públicos, concertados y privados, servicios educativos, programas y actividades del sistema educativo de Canarias, a excepción del universitario, mediante los funcionarios públicos del cuerpo de inspectores de educación.

2. Los planes de actuación serán públicos y establecerán las acciones de supervisión, evaluación, asesoramiento e información que deberán realizar los inspectores e inspectoras de educación, dirigidas a la mejora de los procesos de enseñanza, de los resultados del aprendizaje y de la organización y funcionamiento de los centros. Asimismo, recogerán los mecanismos de coordinación de la inspección educativa con los servicios de apoyo a la educación.

3. La administración educativa incluirá en sus planes de formación actividades que contribuyan al perfeccionamiento y actualización profesional de los inspectores e inspectoras.

4. Asimismo, la administración educativa desarrollará procesos de evaluación interna y externa de la Inspección Educativa, con la participación de los centros educativos, a fin de contribuir a la mejora de su funcionamiento y del sistema educativo.

Norma publicada: 25 de julio de 2014

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 18

¿Qué dice el Artículo 18 del codigo?

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¿El Artículo 18 del codigo está vigente?

El artículo 18 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 18 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO IV.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 18?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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