Resumen del Artículo 173

Artículo 173 del Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía. (codigo) — Prescripción de las faltas y sanciones. La prescripción de las faltas y sanciones, el cómputo del plazo de prescripción y la interrupción de la prescripción se regirán por lo establecido en la normativa estatal de carácter básico.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 173

La prescripción de las faltas y sanciones, el cómputo del plazo de prescripción y la interrupción de la prescripción se regirán por lo establecido en la normativa estatal de carácter básico.

Norma publicada: 7 de junio de 2023

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 173

¿Qué dice el Artículo 173 del codigo?

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 173?

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