Resumen del Artículo 82

Artículo 82 del Ley 5/2018, de 19 de junio, de la vivienda de las Illes Balears. (codigo) — Inspección. 1. El personal funcionario de las correspondientes administraciones al que corresponda o se encomiende expresamente el ejercicio de las tareas de inspección en todo lo que prevé esta ley tiene la consideración de agente de la autoridad, por lo que sus actos de…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 82

1. El personal funcionario de las correspondientes administraciones al que corresponda o se encomiende expresamente el ejercicio de las tareas de inspección en todo lo que prevé esta ley tiene la consideración de agente de la autoridad, por lo que sus actos de inspección gozarán de presunción de veracidad a los efectos probatorios, sin perjuicio de las pruebas de los derechos o intereses respectivos que puedan señalar o aportar los administrados, en los términos establecidos por la normativa general de procedimiento administrativo común.

2. Los agentes inspectores pueden llevar a cabo todas las actuaciones que sean necesarias para comprobar el cumplimiento de esta norma legal y de las disposiciones que la complementen o la desarrollen.

3. El personal inspector puede actuar sin comunicar de forma previa que se llevan a cabo actuaciones inspectoras ni identificarse previamente como agente inspector.

4. En el ámbito de sus funciones, cuando sea necesario para aclarar conductas presuntamente infractoras, puede actuar bajo una identidad encubierta.

5. En el ámbito de sus funciones y cuando sea necesario para verificar el cumplimiento de las obligaciones establecidas a la normativa de vivienda, los inspectores pueden requerir la identificación de las personas.

Norma publicada: 19 de junio de 2018

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo 82

¿Qué dice el Artículo 82 del codigo?

Inspección. 1. El personal funcionario de las correspondientes administraciones al que corresponda o se encomiende expresamente el ejercicio de las tareas de inspección en todo lo que prevé esta ley…

¿El Artículo 82 del codigo está vigente?

El artículo 82 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 82 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 82?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.