Resumen del Artículo 52

Artículo 52 del Ley 5/2018, de 19 de junio, de la vivienda de las Illes Balears. (codigo) — Definición. La Mesa para la garantía del mantenimiento de los suministros básicos es el órgano de consulta no preceptiva, debate y asesoramiento en esta materia, adscrito a la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad, que tiene que actuar como órgano colegiado, de…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 52

La Mesa para la garantía del mantenimiento de los suministros básicos es el órgano de consulta no preceptiva, debate y asesoramiento en esta materia, adscrito a la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad, que tiene que actuar como órgano colegiado, de colaboración entre las diferentes administraciones públicas y de participación de las asociaciones y agentes sociales implicados en el sector de la energía, la vivienda, el consumo y los servicios sociales.

Norma publicada: 19 de junio de 2018

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 52

¿Qué dice el Artículo 52 del codigo?

Definición. La Mesa para la garantía del mantenimiento de los suministros básicos es el órgano de consulta no preceptiva, debate y asesoramiento en esta materia, adscrito a la Consejería de…

¿El Artículo 52 del codigo está vigente?

El artículo 52 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 52 dentro del codigo?

Forma parte del articulado del Ley 5/2018, de 19 de junio, de la vivienda de las Illes Balears..

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 52?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.