Artículo 32
1. Se crea el Servicio de acompañamiento en materia de vivienda, adscrito al Instituto Balear de la Vivienda (IBAVI), de acceso universal y gratuito.
2. El funcionamiento de este servicio de ámbito autonómico será independiente respecto a los que hayan creado o puedan crear los entes locales en el ámbito de sus competencias.
3. La organización y el funcionamiento de este servicio se establecerán en la oportuna normativa de desarrollo.
Norma publicada: 19 de junio de 2018