Artículo Disposición final quintaDisposición final quinta
Disposición final quinta. Entrada en vigor.
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón.
Norma publicada: 30 de junio de 2009
Resumen del Artículo Disposición final quinta
Artículo Disposición final quinta del Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón. (codigo) — Disposición final quinta. Entrada en vigor. La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón.
Disposición final quinta. Entrada en vigor.
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón.
Norma publicada: 30 de junio de 2009
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Disposición final quinta. Entrada en vigor. La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón.
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Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II.
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