Resumen del Artículo 9

Artículo 9 del Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón. (codigo) — Carta de derechos y deberes. El Gobierno de Aragón desarrollará las previsiones del presente Título, mediante la aprobación reglamentaria de una Carta de derechos y deberes de las personas usuarias de los servicios sociales, garantizando la máxima difusión de su contenido en…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 9

El Gobierno de Aragón desarrollará las previsiones del presente Título, mediante la aprobación reglamentaria de una Carta de derechos y deberes de las personas usuarias de los servicios sociales, garantizando la máxima difusión de su contenido en todo el ámbito del sistema de servicios sociales de responsabilidad pública.

Norma publicada: 30 de junio de 2009

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 9

¿Qué dice el Artículo 9 del codigo?

Carta de derechos y deberes. El Gobierno de Aragón desarrollará las previsiones del presente Título, mediante la aprobación reglamentaria de una Carta de derechos y deberes de las personas usuarias…

¿El Artículo 9 del codigo está vigente?

El artículo 9 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 9 dentro del codigo?

Forma parte del articulado del Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón..

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 9?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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