Resumen del Artículo 52

Artículo 52 del Ley 5/2003, de 4 de abril, de Salud de las Illes Balears. (codigo) — Funciones de inspección. 1. La administración sanitaria, en el ejercicio de la función inspectora: a) Controla el cumplimiento de la normativa sanitaria. b) Verifica los hechos objeto de queja, reclamación o denuncia de los particulares en materia de salud. c) Supervisa la…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 52

1. La administración sanitaria, en el ejercicio de la función inspectora:

a) Controla el cumplimiento de la normativa sanitaria.

b) Verifica los hechos objeto de queja, reclamación o denuncia de los particulares en materia de salud.

c) Supervisa la aplicación de las subvenciones y ayudas en materia sanitaria.

d) Informa y asesora sobre los requisitos sanitarios establecidos para el ejercicio de determinadas actividades.

e) Desarrolla cualquier otra función que, en relación con su finalidad institucional, se le atribuya por ley o reglamento.

2. Las actas y diligencias cumplimentadas por el personal que ejerce las funciones de control e inspección, formalizadas de acuerdo con los requisitos legales pertinentes, tienen la consideración de documento público y hacen prueba, excepto acreditación o prueba en contra, de los hechos contenidos en éstas.

Norma publicada: 4 de abril de 2003

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 52

¿Qué dice el Artículo 52 del codigo?

Funciones de inspección. 1. La administración sanitaria, en el ejercicio de la función inspectora: a) Controla el cumplimiento de la normativa sanitaria. b) Verifica los hechos objeto de queja,…

¿El Artículo 52 del codigo está vigente?

El artículo 52 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 52 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 52?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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