Artículo 29
Las funciones de autoridad sanitaria comprenden:
a) Las autorizaciones administrativas sanitarias y la ordenación y la gestión de los registros sanitarios.
b) Las declaraciones de interés sanitario.
c) Las acreditaciones y certificaciones de centros, servicios y profesionales sanitarios y de las actividades de formación de éstos.
d) La inspección de las actividades que afectan a la salud de las personas.
e) El ejercicio de la potestad sancionadora en materia sanitaria.
Norma publicada: 4 de abril de 2003