Resumen del Artículo 27

Artículo 27 del Ley 5/2003, de 4 de abril, de Salud de las Illes Balears. (codigo) — Actuaciones básicas. El sistema sanitario público de las Illes Balears, a través de las administraciones públicas competentes, desarrolla las actuaciones siguientes: a) De planificación y ordenación. b) De autoridad sanitaria. c) De protección de la salud pública. d) De…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 27

El sistema sanitario público de las Illes Balears, a través de las administraciones públicas competentes, desarrolla las actuaciones siguientes:

a) De planificación y ordenación.

b) De autoridad sanitaria.

c) De protección de la salud pública.

d) De asistencia sanitaria.

e) De formación.

f) De búsqueda.

g) De evaluación y mejora continua de la calidad.

h) De salud laboral.

i) De salud ambiental.

Norma publicada: 4 de abril de 2003

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 27

¿Qué dice el Artículo 27 del codigo?

Actuaciones básicas. El sistema sanitario público de las Illes Balears, a través de las administraciones públicas competentes, desarrolla las actuaciones siguientes: a) De planificación y ordenación.…

¿El Artículo 27 del codigo está vigente?

El artículo 27 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 27 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 27?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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