Artículo 2
Esta ley se aplica:
a) A los ciudadanos residentes y a los no residentes, con independencia de su situación legal o administrativa.
b) A las administraciones públicas de las Illes Balears.
c) A cualquier otra persona jurídica, cuando así se establezca en esta ley.
Norma publicada: 4 de abril de 2003