Artículo 22
Los derechos y obligaciones de los usuarios quedarán afectos, en cualquier caso, a lo dispuesto por la legislación vigente en materia de defensa de usuarios y consumidores.
Norma publicada: 24 de marzo de 1999
Resumen del Artículo 22
Artículo 22 del Ley 5/1999, de 24 de marzo, de Ordenación del Turismo de Cantabria. (codigo) — De carácter general. Los derechos y obligaciones de los usuarios quedarán afectos, en cualquier caso, a lo dispuesto por la legislación vigente en materia de defensa de usuarios y consumidores.
Los derechos y obligaciones de los usuarios quedarán afectos, en cualquier caso, a lo dispuesto por la legislación vigente en materia de defensa de usuarios y consumidores.
Norma publicada: 24 de marzo de 1999
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De carácter general. Los derechos y obligaciones de los usuarios quedarán afectos, en cualquier caso, a lo dispuesto por la legislación vigente en materia de defensa de usuarios y consumidores.
El artículo 22 del codigo está vigente.
Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II.
El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.
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