Resumen del Artículo Disposición final sexta

Artículo Disposición final sexta del Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias. (codigo) — Disposición final sexta. De modificación de la Ley 14/2003, de 8 de abril, de Puertos de Canarias. 1. Se introduce una disposición transitoria tercera en la Ley 14/2003, de 8 de abril, de Puertos de Canarias, con el siguiente tenor: «Disposición transitoria tercera. 1. El plazo…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición final sextaDisposición final sexta

Disposición final sexta. De modificación de la Ley 14/2003, de 8 de abril, de Puertos de Canarias.

1. Se introduce una disposición transitoria tercera en la Ley 14/2003, de 8 de abril, de Puertos de Canarias, con el siguiente tenor:

«Disposición transitoria tercera.

1. El plazo de duración de las concesiones para la construcción y explotación de puertos deportivos otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley será el establecido en el respectivo título concesional.

2. El plazo total de duración, incluyendo tanto el periodo inicial de vigencia como el de las eventuales prórrogas que pudieran otorgarse no podrá exceder, en ningún caso, los setenta y cinco años desde la fecha de su otorgamiento».

2. Se suprime en el Grupo I del anexo la referencia a Puerto de la Cruz, isla de Tenerife, municipio de Puerto de la Cruz que pasa a incluirse en el Grupo II del anexo, sin perjuicio del uso pesquero que corresponda, quedando los referidos grupos con la siguiente redacción:

Grupo I

Puertos de Interés General de la Comunidad Autónoma de Canarias

Grupo II

Puertos deportivos

Nombre

Isla

Municipio

La Restinga.

El Hierro.

La Frontera.

Corralejo.

Fuerteventura.

La Oliva.

Morro Jable.

Fuerteventura.

Pájara.

Gran Tarajal.

Fuerteventura.

Tuineje.

Las Nieves.

Gran Canaria.

Agaete.

Arguineguín.

Gran Canaria.

Mogán.

Santa Águeda.

Gran Canaria.

San Bartolomé de Tirajana.

Playa Santiago.

La Gomera.

Alajeró.

Vueltas.

La Gomera.

Valle Gran Rey.

Órzola.

Lanzarote.

Haría.

Caleta del Sebo.

Lanzarote.

Teguise (La Graciosa).

Puerto del Carmen.

Lanzarote.

Tías.

Playa Blanca.

Lanzarote.

Yaiza.

Tazacorte.

La Palma.

Tazacorte.

Garachico.

Tenerife.

Garachico.

Playa San Juan.

Tenerife.

Guía de Isora.

Las Galletas.

Tenerife.

San Miguel.

Nombre

Isla

Municipio

El Castillo/Caleta Fuste.

Fuerteventura.

Antigua.

Mogán.

Gran Canaria.

Mogán.

Puerto Rico.

Gran Canaria.

Mogán.

Pasito Blanco.

Gran Canaria.

San Bartolomé de Tirajana.

Taliarte.

Gran Canaria.

Telde.

Puerto Calero.

Lanzarote.

Yaiza.

Marina del Rubicón.

Lanzarote.

Yaiza.

Puerto Colón.

Tenerife.

Adeje.

La Galera.

Tenerife.

Candelaria.

Radazul.

Tenerife.

El Rosario.

Los Gigantes.

Tenerife.

Santiago del Teide.

Puerto de la Cruz.

Tenerife.

Puerto de la Cruz.

Norma publicada: 13 de julio de 2017

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición final sexta

¿Qué dice el Artículo Disposición final sexta del codigo?

Disposición final sexta. De modificación de la Ley 14/2003, de 8 de abril, de Puertos de Canarias. 1. Se introduce una disposición transitoria tercera en la Ley 14/2003, de 8 de abril, de Puertos de…

¿El Artículo Disposición final sexta del codigo está vigente?

El artículo Disposición final sexta del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición final sexta dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO IV.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición final sexta?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.