Resumen del Artículo 84

Artículo 84 del Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias. (codigo) — Planeamiento insular. 1. Se entiende por planeamiento insular el conjunto formado por los siguientes instrumentos de ordenación: a) Plan insular de ordenación. b) Planes de ordenación de los recursos naturales de los espacios naturales protegidos, cuando el plan insular de…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 84

1. Se entiende por planeamiento insular el conjunto formado por los siguientes instrumentos de ordenación:

a) Plan insular de ordenación.

b) Planes de ordenación de los recursos naturales de los espacios naturales protegidos, cuando el plan insular de ordenación de la isla no tenga el carácter de plan de ordenación de los recursos naturales.

c) Planes y normas de espacios naturales protegidos.

d) Planes y normas de los espacios naturales incluidos en la Red Natura 2000.

e) Planes territoriales parciales y especiales.

2. Los planes de ordenación de los recursos naturales prevalecerán sobre el resto de instrumentos de ordenación ambiental, territorial y urbanística previstos en la presente ley.

Norma publicada: 13 de julio de 2017

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 84

¿Qué dice el Artículo 84 del codigo?

Planeamiento insular. 1. Se entiende por planeamiento insular el conjunto formado por los siguientes instrumentos de ordenación: a) Plan insular de ordenación. b) Planes de ordenación de los recursos…

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¿Dónde se ubica el Artículo 84 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I › Sección 2.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 84?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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