Artículo 387
Se califican como infracción grave y se sancionarán con multa de 600 a 60.000 euros los movimientos de tierra y los abancalamientos no autorizados.
Norma publicada: 13 de julio de 2017
Resumen del Artículo 387
Artículo 387 del Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias. (codigo) — Movimientos de tierras y abancalamientos. Se califican como infracción grave y se sancionarán con multa de 600 a 60.000 euros los movimientos de tierra y los abancalamientos no autorizados.
Se califican como infracción grave y se sancionarán con multa de 600 a 60.000 euros los movimientos de tierra y los abancalamientos no autorizados.
Norma publicada: 13 de julio de 2017
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Movimientos de tierras y abancalamientos. Se califican como infracción grave y se sancionarán con multa de 600 a 60.000 euros los movimientos de tierra y los abancalamientos no autorizados.
El artículo 387 del codigo está vigente.
Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I › Sección 2.
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