Resumen del Artículo 371

Artículo 371 del Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias. (codigo) — Concepto de infracción. Son infracciones las acciones y omisiones, dolosas o imprudentes, tipificadas en la presente ley.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 371

Son infracciones las acciones y omisiones, dolosas o imprudentes, tipificadas en la presente ley.

Norma publicada: 13 de julio de 2017

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 371

¿Qué dice el Artículo 371 del codigo?

Concepto de infracción. Son infracciones las acciones y omisiones, dolosas o imprudentes, tipificadas en la presente ley.

¿El Artículo 371 del codigo está vigente?

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¿Dónde se ubica el Artículo 371 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I › Sección 1.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 371?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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