Resumen del Artículo 321

Artículo 321 del Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias. (codigo) — Fijación definitiva en vía administrativa del justiprecio. En caso de discrepancia de las personas propietarias y restantes titulares de derechos con la hoja de aprecio formulada por la administración expropiante, la fijación definitiva en vía administrativa del justo precio…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 321

En caso de discrepancia de las personas propietarias y restantes titulares de derechos con la hoja de aprecio formulada por la administración expropiante, la fijación definitiva en vía administrativa del justo precio corresponderá a la Comisión de Valoraciones de Canarias.

Norma publicada: 13 de julio de 2017

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 321

¿Qué dice el Artículo 321 del codigo?

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¿El Artículo 321 del codigo está vigente?

El artículo 321 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 321 dentro del codigo?

Forma parte del articulado del Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias..

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 321?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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