Resumen del Artículo 306

Artículo 306 del Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias. (codigo) — Cobertura urbanística. 1. Las actuaciones sobre medio urbano podrán estar delimitadas y ordenadas por cualquiera de los instrumentos urbanísticos previstos en la presente ley. 2. Asimismo, podrán ser delimitadas y ordenadas por los programas de actuación sobre medio urbano…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 306

1. Las actuaciones sobre medio urbano podrán estar delimitadas y ordenadas por cualquiera de los instrumentos urbanísticos previstos en la presente ley.

2. Asimismo, podrán ser delimitadas y ordenadas por los programas de actuación sobre medio urbano regulados en el artículo siguiente.

3. Las actuaciones podrán ser continuas, discontinuas o aisladas.

Norma publicada: 13 de julio de 2017

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 306

¿Qué dice el Artículo 306 del codigo?

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¿El Artículo 306 del codigo está vigente?

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¿Dónde se ubica el Artículo 306 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I › Sección 2.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 306?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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