Resumen del Artículo 190

Artículo 190 del Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias. (codigo) — Juntas rectoras de parques. Para colaborar en la gestión de los parques, los patronatos insulares podrán crear juntas rectoras. Las funciones de dichas juntas serán determinadas reglamentariamente.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 190

Para colaborar en la gestión de los parques, los patronatos insulares podrán crear juntas rectoras. Las funciones de dichas juntas serán determinadas reglamentariamente.

Norma publicada: 13 de julio de 2017

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 190

¿Qué dice el Artículo 190 del codigo?

Juntas rectoras de parques. Para colaborar en la gestión de los parques, los patronatos insulares podrán crear juntas rectoras. Las funciones de dichas juntas serán determinadas reglamentariamente.

¿El Artículo 190 del codigo está vigente?

El artículo 190 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 190 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO IV › Sección 2.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 190?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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