Resumen del Artículo 29

Artículo 29 del Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears. (codigo) — Planificación general. La planificación general corresponde a la Administración autonómica de las Illes Balears, en colaboración con los consejos insulares en el marco de la Conferencia Sectorial de Servicios Sociales, mediante la elaboración de los planes estratégicos de…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 29

La planificación general corresponde a la Administración autonómica de las Illes Balears, en colaboración con los consejos insulares en el marco de la Conferencia Sectorial de Servicios Sociales, mediante la elaboración de los planes estratégicos de servicios sociales de las Illes Balears y de los planes sectoriales de ámbito general.

Norma publicada: 11 de junio de 2009

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 29

¿Qué dice el Artículo 29 del codigo?

Planificación general. La planificación general corresponde a la Administración autonómica de las Illes Balears, en colaboración con los consejos insulares en el marco de la Conferencia Sectorial de…

¿El Artículo 29 del codigo está vigente?

El artículo 29 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 29 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO IV.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 29?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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