Resumen del Artículo 30

Artículo 30 del Ley 4/1994, de 26 de julio, de Salud de la Región de Murcia. (codigo) — Financiación. 1. Para el cumplimiento de sus fines, el Servicio Murciano de Salud se financiará con los siguientes recursos: a) Los productos, rentas y rendimientos de su propio patrimonio. b) Las dotaciones que sean fijadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 30

1. Para el cumplimiento de sus fines, el Servicio Murciano de Salud se financiará con los siguientes recursos:

a) Los productos, rentas y rendimientos de su propio patrimonio.

b) Las dotaciones que sean fijadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el cumplimiento de sus fines.

c) Las aportaciones que deban realizar las corporaciones locales con cargo a sus presupuestos.

d) Los ingresos ordinarios y extraordinarios que esté autorizado a recibir, de acuerdo con las disposiciones vigentes.

e) Los ingresos que obtenga por la prestación de sus servicios.

f) Los ingresos derivados de operaciones de endeudamiento, de acuerdo con las modalidades y régimen jurídico establecidos en los artículos 71 y siguientes de la Ley 3/1990, de 5 de abril, de Hacienda de la Región de Murcia.

g) Las subvenciones, donaciones, legados o cualquier otra aportación que se concedan a su favor por entidades públicas o particulares.

2. Los posibles excedentes que obtenga el Servicio Murciano de Salud, una vez finalizado el ejercicio presupuestario, se destinarán, por acuerdo del Consejo de Gobierno, al cumplimiento de los fines públicos que éste determine.

Norma publicada: 26 de julio de 1994

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 30

¿Qué dice el Artículo 30 del codigo?

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Forma parte del articulado del Ley 4/1994, de 26 de julio, de Salud de la Región de Murcia..

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 30?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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