Resumen del Artículo Disposición final primera

Artículo Disposición final primera del Ley 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública. (codigo) — Disposición final primera. Se autoriza al Consejo de Gobieno para dictar las normas de carácter reglamentario y demás disposiciones necesarias para el desarrollo de esta Ley.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición final primeraDisposición final primera

Disposición final primera.

Se autoriza al Consejo de Gobieno para dictar las normas de carácter reglamentario y demás disposiciones necesarias para el desarrollo de esta Ley.

Norma publicada: 10 de marzo de 1993

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición final primera

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Disposición final primera. Se autoriza al Consejo de Gobieno para dictar las normas de carácter reglamentario y demás disposiciones necesarias para el desarrollo de esta Ley.

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición final primera?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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