Resumen del Artículo Disposición final cuarta

Artículo Disposición final cuarta del Ley 3/2015, de 18 de junio, de vivienda. (codigo)Disposición final cuarta. Plazo para la aplicación de las políticas de vivienda previstas en el artículo 7.4. En las políticas de vivienda a las que se refiere el artículo 7.4 de esta ley, en las que la asignación de recursos públicos en materia de vivienda se destinará al…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición final cuartaDisposición final cuarta

Disposición final cuarta. Plazo para la aplicación de las políticas de vivienda previstas en el artículo 7.4.

En las políticas de vivienda a las que se refiere el artículo 7.4 de esta ley, en las que la asignación de recursos públicos en materia de vivienda se destinará al alquiler en un 80 %, exceptuando los destinados a rehabilitación, dicho porcentaje se incrementará hasta llegar al 100 % en los cinco años siguientes a la fecha de publicación de esta ley.

Norma publicada: 18 de junio de 2015

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición final cuarta

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