Resumen del Artículo 332

Artículo 332 del Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña. (codigo) — Clasificación de las infracciones. Las infracciones tipificadas por la presente ley se clasifican en leves, graves y muy graves.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 332

Las infracciones tipificadas por la presente ley se clasifican en leves, graves y muy graves.

Norma publicada: 20 de julio de 2010

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 332

¿Qué dice el Artículo 332 del codigo?

Clasificación de las infracciones. Las infracciones tipificadas por la presente ley se clasifican en leves, graves y muy graves.

¿El Artículo 332 del codigo está vigente?

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¿Dónde se ubica el Artículo 332 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: LIBRO III › CAPÍTULO II.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 332?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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