Resumen del Artículo 221

Artículo 221 del Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña. (codigo) — Tipos de modalidades especiales. 1. A los efectos de la presente ley, son modalidades especiales de relaciones de consumo las siguientes: a) Las relaciones de consumo a distancia. b) Las relaciones de consumo fuera de establecimiento permanente. c) Las relaciones de consumo por…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 221

1. A los efectos de la presente ley, son modalidades especiales de relaciones de consumo las siguientes:

a) Las relaciones de consumo a distancia.

b) Las relaciones de consumo fuera de establecimiento permanente.

c) Las relaciones de consumo por medio de máquinas automáticas.

d) Las relaciones de consumo en establecimientos no sedentarios.

Norma publicada: 20 de julio de 2010

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 221

¿Qué dice el Artículo 221 del codigo?

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¿El Artículo 221 del codigo está vigente?

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¿Dónde se ubica el Artículo 221 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: LIBRO II › CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 221?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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